La donación en la jerarquía de la ley
La Ley 1/2025, de 1 de abril (BOE-A-2025-6597), sitúa el consumo humano como destino prioritario de los excedentes tras la prevención. La vía para lograrlo es la donación a través de bancos de alimentos y entidades sin ánimo de lucro.
DATO CLAVE
Tras evitar el desperdicio, donar a consumo humano es el primer destino obligado. Bajar a alimentación animal o compostaje antes de agotar la donación exige justificación documentada.
El orden completo está en la guía de jerarquía de prevención.
Los convenios: qué exige la ley
Para que la donación funcione, la ley pide que los sujetos obligados tengan convenios con entidades receptoras. No es improvisar una entrega puntual, sino tener un marco estable:
- Entidad receptora identificada: banco de alimentos o entidad sin ánimo de lucro con la que se formaliza la colaboración.
- Condiciones de la donación: qué productos, en qué estado, con qué frecuencia y con qué garantías de seguridad alimentaria.
- Trazabilidad de lo donado: registro de qué se entrega, cuándo y a quién, para acreditar que el excedente siguió la jerarquía.
Seguridad alimentaria y responsabilidad
Donar no exime de las garantías de seguridad alimentaria: el producto donado debe ser apto. Por eso la trazabilidad importa tanto en la donación como en el resto de la cadena. Documentar el estado y la fecha de lo donado protege tanto al donante como a la entidad receptora.
Donar aunque no estés obligado
Si tu negocio queda fuera del ámbito de la ley (microempresa, retail ≤1.300 m², hostelería ≤20 cubiertos, industria ≤50 empleados), no tienes la obligación de los convenios. Pero la donación te sigue interesando:
- Evitas el coste de gestionar como residuo lo que aún es comida.
- Refuerzas tu imagen ante la clientela y tu barrio.
- Te preparas por si en el futuro creces y entras en la ley.
Para hacerlo fácil, el cuaderno de desperdicio.es incluye un directorio de bancos de alimentos por provincia desde el plan más básico (19 €/mes), con la posibilidad de avisar automáticamente a la entidad cuando superas tu umbral de excedente.